Como coach respetaré mis obligaciones éticas y legales ante mis clientes, mis colegas y el público en general. Me comprometo a acatar el código deontológico de World Coaching School (WCS) y aplicar estas normas en mi práctica sin excepción alguna.
Al no acatar por completo el código, acepto que WCS según su criterio me responsabilice de ello, acepto sanciones como la pérdida de mi titularidad como miembro de WCS y/o mis acreditaciones de WCS y cualquier de las escuelas afiliadas.
Las siguientes secciones y estándares deben ser interpretados en su totalidad. El orden en que aparecen no conlleva ningún significado en cuanto a su nivel de importancia y/o prioridad. Diversos aspectos del coaching y de su aplicación, pueden verse afectados por otras reglas o acuerdos profesionales pertinentes, generando así algunas excepciones. Lo previamente descrito puede influir en la prioridad sobre estos Estándares. Sin embargo, un Coach Profesional debe hacer todo lo posible para cumplir con el espíritu de este código y respetar todos los estándares, en todo momento, al servir a sus clientes.
Sección 1: Conducta profesional
Como coach:
1. No realizaré declaraciones públicas engañosas o falsas sobre los servicios que ofrezco como
coach, ni realizaré declaraciones falsas por escrito en ningún documento con relación a la profesión
de coaching, mis acreditaciones e información relevante asociada con mis credenciales
profesionales.
2. Informaré fielmente sobre mis pericia, experiencia, certificados y acreditaciones de WCS, relativos
al coaching
3. Reconoceré y respetaré los esfuerzos y las contribuciones de los demás y no los asumiré como
propios.
4. Me esforzaré, en todo momento, en identificar las cuestiones personales que puedan interferir
con mi práctica de coaching o mis relaciones de coaching profesionales. Siempre que los hechos y
las circunstancias lo requieran, buscaré sin demora ayuda profesional y decidiré la acción que
deberé emprender, incluido si resulta apropiado suspender o concluir mis servicios de coaching.
5. Me comportaré de acuerdo con el código deontológico de WCS en las actividades de
formación, tutoría y supervisión.
6.Recabaré, conservaré, guardaré y desecharé todos los registros creados durante mi actividad decoaching de modo tal que no afecte a la confidencialidad, la seguridad y la privacidad y sea conforme a la legislación y los acuerdos aplicables.
Sección 2: Conflictos de intereses
Como coach:
1.Evitaré conflictos o posibles conflictos de intereses y en caso de que existan me retiraré de larelación en el caso de que surjan tales conflictos.
2.Sólo aceptaré dinero como remuneración de mis servicios, excluyendo del acuerdo cualquier otro tipo de remuneración o intercambio material no proporcional al servicio prestado.
Sección 3: Comportamiento profesional con los clientes
1.No realizaré declaraciones engañosas o falsas sobre los resultados que mi cliente.
2.Elaboraré contratos claros con mis clientes. Respetaré los acuerdos establecidos con mi clientesin excepción
3. Seré responsable de definir los límites pertinentes, claros y respetuosos con las diferencias
culturales, que se aplicarán a las relaciones físicas que pueda mantener con mis clientes.
4. No mantendré relaciones sexuales con ninguno de mis clientes o patrocinadores.
5. Respetaré el derecho de mi cliente a concluir la relación de coaching cuando lo desee durante el
proceso, según las cláusulas estipuladas en el acuerdo o contrato. Estaré atento a los indicios que
muestren que mi cliente ha dejado de beneficiarse de nuestra relación de coaching.
6. Si creo que mi cliente puede recibir un mejor servicio de otro coach u otros recursos, le animaré
para que realice el cambio pertinente.
7. Aconsejaré a mi cliente que busque los servicios de otros profesionales cuando lo considere
necesario u oportuno.
Sección 4: Confidencialidad y privacidad
Como coach:
1.Mantendré los niveles de confidencialidad más exigentes con la información de mi cliente.
2.Elaboraré un acuerdo claro sobre el intercambio de la información de coaching entre el coach, elcliente y la empresa cuando haga coaching organizacional.
3.Cuando me dedique a la formación de estudiantes de coaching, explicaré claramente las políticas de confidencialidad a los estudiantes.
Aprobado por la Comisión de ética y deontología, el 06 de enero de 2010. Aprobado por la Junta directiva de WCS, el 18 de enero del 2010.
Estos Estándares, a menos que y hasta que sean adoptados por una autoridad reguladora no tienen fuerza legal, motivo por el cual todo contrato firmado a la hora acordar las reglas de un servicio de Coaching ofrecido por alguno de nuestros Coaches Profesionales, no es vinculante para Eurpean Coaching School en ningún proceso jurídico ni de ninguna otra índole administrativa.
Sin embargo, el hecho de que estos Estándares hayan sido adoptados por las respectivas entidades que los aprobaron, debería poner sobre aviso a los Coaches Profesionales y a sus clientes sobre el hecho de que podría considerarse que los Estándares establecen responsabilidades claras a asumir por toda persona involucrada en el dispositivo del Coaching como servicio comercial.
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